
DERECHO LABORAL: APLICACIÓN PRÁCTICA DE LA LEY CONCURSAL EN EL ENTORNO EMPRESARIAL
Información adicional
| Horas | 130 |
|---|---|
| Código | |
| Formato | Digital |
| Proveedor | CONTENIDOS SCORM S.L. |
76,70 €
*Los precios no incluyen el IVA.
Adquirir conocimientos y habilidades que faciliten efectuar un análisis de los diferentes aspectos concursales, en situación de insolvencia y las repercusiones que pueden tener estos actos en caso de declararse el concurso.
1. DECLARACIÓN DEL CONCURSO
1.1. Antecedentes legislativos y la actual ley concursal
1.2. ¿Cuáles son los presupuestos del concurso?
(Este epígrafe sólo se cumplimentará si existen requisitos legales para el ejercicio de la profesión)
9. Requisitos oficiales de los centros:
(Este epígrafe sólo se cumplimentará si para la impartición de la formación existe algún requisito de homologación /
autorización del centro por parte de otra administración competente.
formativas.
Para poder realizar tal seguimiento, el Servicio Público de Empleo Estatal, con la periodicidad que
determine, se conectará automáticamente con las plataformas de teleformación, por lo que las mismas
deberán contar con los desarrollos informáticos que posibiliten tales acciones de seguimiento (protocolo de
conexión SOAP).
Sin perjuicio de lo anterior, y de cara al seguimiento puntual de las acciones formativas de certificado de
profesionalidad que se impartan, será preceptivo proporcionar al Servicio Público de Empleo Estatal una
dirección (con sus correspondientes credenciales) de acceso a la plataforma, con permiso de
administrador, pero sin posibilidad de modificar datos.
– Niveles de accesibilidad e interactividad que como mínimo cumplan las prioridades 1 y 2 de la Norma
UNE 139803:2012 o posteriores actualizaciones, según lo estipulado en el Capítulo III del Real Decreto
1494/2007, de 12 de noviembre.
– El servidor la plataforma de teleformación ha de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, por lo que el
responsable de dicha plataforma ha de identificar la localización física del servidor y el cumplimento de lo
establecido sobre transferencias internacionales de datos en los artículos 33 y 34 de dicha Ley Orgánica y
en el Título VI del Reglamento de desarrollo de la misma, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de
diciembre.
– Incluir la imagen institucional del Servicio Público de Empleo Estatal y de las entidades que él designe,
con las pautas de imagen corporativa que se establezcan.
– Disponibilidad de un servicio de atención a usuarios que proporcione soporte técnico y mantenga la
infraestructura tecnológica y que, de forma estructurada y centralizada, atienda y resuelva las consultas e
incidencias técnicas del alumnado. El servicio, que deberá estar disponible para el alumnado desde el
inicio hasta la finalización de la acción formativa, deberá mantener un horario de funcionamiento de
mañana y de tarde, tendrá que ser accesible mediante teléfono y mensajería electrónica y no podrá
superar un tiempo de demora en la respuesta superior a 2 días laborables.
2. Requisitos técnicos del contenido virtual de aprendizaje
Para garantizar la calidad del proceso de aprendizaje del alumnado, el contenido virtual de aprendizaje de
las especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad mantendrá una
estructura y funcionalidad homogénea, cumpliendo los siguientes requisitos:
– Como mínimo, ser los establecidos en el correspondiente programa formativo que conste en el fichero
de especialidades formativas previsto en el artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y esté
asociado a la especialidad formativa para la que se solicita inscripción.
– Estar referidos tanto a los conocimientos como a las destrezas prácticas y habilidades recogidas en los
objetivos de aprendizaje de los citados programas formativos, de manera que en su conjunto permitan
conseguir los resultados de aprendizaje previstos.
– Organizarse a través de índices, mapas, tablas de contenido, esquemas, epígrafes o titulares de fácil
discriminación y secuenciase pedagógicamente de tal manera que permiten su comprensión y retención.
– No ser meramente informativos, promoviendo su aplicación práctica a través de actividades de
aprendizaje (autoevaluables o valoradas por el tutor-formador) relevantes para la práctica profesional, que
sirvan para verificar el progreso del aprendizaje del alumnado, hacer un seguimiento de sus dificultades de
aprendizaje y prestarle el apoyo adecuado.
– No ser exclusivamente textuales, incluyendo variados recursos (necesarios y relevantes), tanto estáticos
como interactivos (imágenes, gráficos, audio, video, animaciones, enlaces, simulaciones, artículos, foro,
chat, etc.). de forma periódica.
– Poder ser ampliados o complementados mediante diferentes recursos adicionales a los que el alumnado
pueda acceder y consultar a voluntad.
– Dar lugar a resúmenes o síntesis y a glosarios que identifiquen y definan los términos o vocablos
básicos, relevantes o claves para la comprensión de los aprendizajes.
– Evaluar su adquisición durante o a la finalización de la acción formativa a través de actividades de
evaluación (ejercicios, preguntas, trabajos, problemas, casos, pruebas, etc.), que permitan medir el
rendimiento o desempeño del alumnado.
1.3. Legitimación
1.4. Deber de solicitar la declaración de concurso
1.5. Solicitud de declaración judicial de concurso
1.6. El procedimiento de declaración
1.7. Efectos del auto de declaración de concurso
2. ADMINISTRACIÓN CONCURSAL
2.1. Nombramiento de los administradores concursales
2.2. Incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones
2.3. Aceptación y representación de las personas jurídicas administradores
2.4. Auxiliares delegados
2.5. Recusación
2.6. Retribución
2.7. Ejercicio del cargo y responsabilidad
2.8. La separación del cargo y un nuevo nombramiento
2.9. Aspectos procesales
3. LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO SOBRE EL DEUDOR
3.1. Artículo 40 LC: limitación de las facultades patrimoniales del deudor
3.2. ¿Cuáles son los principios y normas de actuación de la administración concursal al complementar o
sustituir las facultades patrimoniales del deudor?
3.3. Artículo 47 LC: derecho a alimentos del concursado
3.4. Efectos personales del concurso sobre el deudor
4. LOS EFECTOS DEL CONCURSO SOBRE LOS ACREEDORES
4.1. La integración de la masa pasiva
4.2. Efectos sobre las acciones individuales de los acreedores
4.3. Artículos 58 al 60 LC: efectos sobre los créditos en particular
5. LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DEL CONCURSO SOBRE LOS CONTRATOS SEGÚN LA LEY
CONCURSAL
5.1. Artículo 61 LC: vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas
5.2. Artículo 62 LC: la resolución por incumplimiento de uno de los contratantes
5.3. Artículo 63 LC: supuestos especiales
5.4. Artículo 64 LC: los efectos del concurso sobre los contratos de trabajo
5.5. Artículo 65 LC: los efectos del concurso sobre los contratos del personal de alta dirección
5.6. Artículo 66 LC: efectos del concurso sobre los convenios colectivos
5.7. Artículo 67 LC: los efectos del concurso sobre los contratos celebrados por el concursado con las
administraciones públicas
5.8. Artículo 68 LC: la rehabilitación de créditos
5.9. Artículo 69 LC: la rehabilitación de los contratos de adquisición de bienes con precio aplazado
5.10. Artículo 70 LC: la enervación de la acción de desahucio y la rehabilitación de los contratos de
arrendamientos urbanos
6. DETERMINACIÓN DE LA MASA ACTIVA Y LAS ACCIONES REVOCATORIAS
6.1. ¿Qué es la masa activa?
6.2. Tipos de acciones: revocatorias y rescisorias
7. DETERMINACIÓN DE LA MASA PASIVA
7.1. Los créditos contra la masa, ¿cuáles son?
7.2. Los créditos concursales
7.3. Clasificación de los créditos concursales
7.4. Consecuencias de la clasificación
7.5. Comunicación y reconocimiento de créditos
7.6. Hablemos de publicidad, impugnación del informe y comunicaciones de créditos posteriores
8. FASES DE CONVENIO Y LIQUIDACIÓN
8.1. La fase de convenio
8.2. La fase de liquidación
9. LA CALIFICACIÓN DEL CONCURSO
9.1. Apertura de la sección de calificación
9.2. ¿Concurso culpable?
9.3. Presunciones de concurso culpable: tipos
9.4. Las presunciones de dolo o culpabilidad del deudor
9.5. Proceso de tramitación de la sección de calificación
9.6. Los efectos jurídicos de la sentencia que declara el concurso como culpable
10. INSOLVENCIAS PUNIBLES
10.1. Legislación aplicable
10.2. Las insolvencias punibles
10.3. Elementos del tipo: los requisitos para la comisión del delito
10.4. Contenido del a